MANIPULACIÓN DEMOCRÁTICA: TODOS x LAS FLORES BUSCA CENSURAR Y CONTROLAR EL DEBATE MEDIANTE UN ABSURDO "LECTORÍMETRO"
El bloque oficialista de concejales de Todos por Las Flores ha presentado el Proyecto de Decreto bajo el Expediente N° 96, incluido en el Orden del Día de la próxima Sesión Ordinaria del 28 de mayo de 2026, con el fin de reformar el Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo. Bajo una falsa búsqueda de "espontaneidad" y "dinamismo" , la iniciativa esconde un grave mecanismo de censura previa, arbitrariedad institucional y desviación de poder,
5/27/20264 min read


El bloque oficialista de concejales de Todos por Las Flores ha presentado el Proyecto de Decreto bajo el Expediente N° 96, incluido en el Orden del Día de la próxima Sesión Ordinaria del 28 de mayo de 2026, con el fin de reformar el Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo. Bajo una falsa búsqueda de "espontaneidad" y "dinamismo" , la iniciativa esconde un grave mecanismo de censura previa, arbitrariedad institucional y desviación de poder, pretendiendo prohibir de manera taxativa que los representantes del pueblo puedan leer discursos durante las sesiones.
1. Inconstitucionalidad: Censura Previa y Manifiesta Arbitrariedad
El proyecto colisiona de frente con las garantías jurídicas fundamentales de nuestra República:
Censura Previa y Jurisprudencia de la Corte Suprema (Art. 14 de la C.N.): Impedir que un concejal elija libremente el soporte de su exposición (sea memoria, apuntes o un texto redactado minuciosamente) para defender los intereses de los vecinos, constituye una restricción ilegal a la libertad de expresión. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) es categórica al respecto:
Fallo "Servini de Cubría": Es el pilar nacional contra el veto antes de hablar. El Máximo Tribunal determinó que ninguna autoridad (legislativa, administrativa o judicial) puede bloquear un mensaje antes de ser emitido, sin importar su formato. Las responsabilidades por lo que se dice siempre son ulteriores, jamás previas.
Fallo "Virgolini": La Corte ratificó que la inmunidad de expresión parlamentaria protege la función del legislador y no a la persona. Restringir cómo expone un concejal daña directamente el derecho colectivo de los ciudadanos de Las Flores a ser fielmente representados y a escuchar sus argumentos.
Ampliación del concepto de "Prensa": El tribunal aclaró en reiterados fallos de interés público que la protección constitucional abarca cualquier medio, herramienta o soporte técnico indispensable que el emisor elija para exteriorizar sus ideas. El papel en la banca es, por definición, un soporte libre y protegido.
Violación de Tratados Internacionales: El Pacto de San José de Costa Rica (Art. 13), con jerarquía constitucional (Art. 75 inc. 22 CN), prohíbe las restricciones indirectas a la expresión. Introducir una prohibición que no existía en el reglamento actual representa un retroceso regresivo en materia de derechos políticos.
Poderes Discrecionales (Art. 28 de la CN): El texto propuesto para el Artículo 89º BIS exige que para leer cualquier documento no previsto se debe “solicitar la autorización de la Presidencia, la cual aprobará si estuviera fundado”. Esto otorga un poder absolutamente subjetivo al Presidente de turno, violando el principio de igualdad y permitiendo decidir de forma arbitraria quién habla y quién calla en el recinto.
2. Desvío de Poder en el Marco de la LOM
Si bien el artículo 75º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM) faculta al Concejo a dictar su reglamento interno , dicha competencia es para "establecer el orden de sus sesiones y trabajo". Utilizar una facultad organizativa con el fin de cercenar la modalidad de exposición de los ediles constituye un vicio de desvío de poder en el derecho administrativo, lo que acarrea la nulidad absoluta e insanable del decreto.
3. Inviabilidad Fáctica y Asimetría en el Debate
Desde el punto de vista práctico y político, la norma es un retroceso impracticable:
El "Lectorímetro" de las Bancas: El proyecto prohíbe los discursos pero permite "notas auxiliares, mapas conceptuales o datos". Esto obligaría a la Presidencia a invadir físicamente las bancas para peritar las hojas de los concejales y juzgar la estructura gramatical de sus apuntes, un absurdo total.
Inconsistencia de Ámbitos: El proyecto prohíbe la lectura en sesiones ordinarias pero la permite en comisiones o de parte de los vecinos. Si el argumento es que la lectura "atenta contra la espontaneidad", no tiene lógica jurídica que sea válida en un ámbito legislativo y en otro no.
La Analogía Errónea con el Congreso de la Nación: El considerando cita a las Cámaras de Diputados y Senadores. Sin embargo, omite deliberadamente que en esos reglamentos la prohibición se flexibiliza constantemente en la práctica legislativa debido a la complejidad de las leyes ingresadas, y que la jurisprudencia moderna tiende a priorizar la inmunidad de opinión por sobre el formalismo del reglamento.
Desigualdad de Armas: Al exceptuar de la prohibición a los "informes de comisiones internas", el proyecto genera una asimetría regulatoria. El oficialismo —que usualmente redacta los dictámenes de mayoría— podrá leer extensamente, mientras que a la oposición se le aplicará el "bozal" reglamentario. Paradójicamente, esto demuestra que la norma nace muerta: bastará con incluir el discurso político dentro del dictamen de comisión para evadir la prohibición de forma legal.
4. Improvisación y Falta de Rigor Técnico
La desprolijidad del bloque oficialista queda expuesta en el propio documento:
No saben leer sus propios antecedentes: Para justificar la censura, citan el artículo 87º del Reglamento de San Isidro. Sin embargo, el texto que ellos mismos transcribieron demuestra lo contrario: en San Isidro SÍ se permite leer fijando un límite objetivo de tiempo (10 minutos). Confundieron regular el tiempo con prohibir el soporte de la oratoria.
Si al oficialismo de nuestra ciudad le preocupa el dinamismo de las sesiones, la herramienta legal y objetiva es regular el tiempo máximo del uso de la palabra por reloj, y no perseguir los papeles que los concejales tienen en sus escritorios. Los mayores estadistas, Presidentes, Gobernadores e Intendentes, Legisladores Provinciales y Nacionales leen sus discursos para garantizar la precisión de datos complejos.
Exigimos al bloque oficialista el retiro inmediato de este proyecto anticonstitucional. De lo contrario, si deciden avanzar con este atropello en el recinto, recurriremos de forma inmediata a las vías judiciales pertinentes mediante una acción de amparo para frenar por la fuerza de la ley este intento de censura hacia los representantes del pueblo de Las Flores.
